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             La política educativa española en Puerto Rico 
              a finales del siglo xix: 
              un factor más de contención en las aspiraciones independentistas1 
            Manuel Ferraz Lorenzo, Ana Cristina Calero Rodríguez * 
             
               
                El ideal cristiano no cabía en la unidad católica, 
                  y la rompió. El ideal social no cabía en la unidad 
                  monárquica, y la rompió. El ideal del progreso 
                  no cabía en la unidad territorial, y la rompió. 
                  Cada uno de estos rompientes era una necesidad, es una gloria 
                  y será un adelanto del espíritu humano. A cada 
                  uno de ellos ha correspondido una revolución, una evolución 
                  y una conquista. 
                Eugenio María de Hostos, (1839-1903), prócer 
                  puertorriqueño. "Ayacucho", en El Nacional, 
                  Lima, 9 de diciembre de 1870. 
                No sectaria, la escuela deberá defender con vigor su 
                  independencia de todo dogma religioso, de todo dogma político, 
                  de todo dogma económico, de todo dogma científico, 
                  de todo dogma literario; en una palabra, de todo dogma. 
                Eugenio María de Hostos "La moral y la escuela", 
                  en Moral Social. García Hermanos. 
               
              SÍNTESIS: Aunque la Constitución restauracionista 
                española de 1876 relegaba el concepto de soberanía 
                nacional y en su lugar proponía un estatuto particular 
                para las colonias de ultramar por el que éstas serían 
                gobernadas a través de leyes especiales2, lo cierto es 
                que dicha singularidad sólo sirvió para mantener 
                el estrecho corsé del colonialismo hispano impuesto desde 
                el momento mismo de la Conquista y su posterior expansión 
                territorial y comercial. No fueron tenidos en consideración 
                ni los profundos cambios sociales y económicos experimentados 
                con el paso de los siglos, ni los equilibrios tan demandados por 
                parte de la población nativa en el ámbito de la 
                producción y del comercio -que tanto poderío otorgaron 
                a la metrópoli-, ni las demandas de libertad de expresión 
                y colaboración en los asuntos políticos que tan 
                directamente les afectaba (el Real Decreto de 22 de noviembre 
                de 1897 que implantaba el sufragio universal masculino equivalente 
                al de la península ibérica, además de no 
                ser creíble llegó tarde), ni el respeto a la condición 
                indigenista que los habitantes deseaban obtener para conquistar 
                sus propias señas de identidad. 
              Por el contrario, la apología del latifundismo, del intervencionismo, 
                de las prácticas inquisitoriales en lo social y cultural 
                y de las esclavistas en lo económico, del acatamiento a 
                las normas de casta con nítidos sesgos racistas y, en fin, 
                del mantenimiento de un modo de producción anacrónico 
                y más que cuestionado a finales del siglo XIX en buena 
                parte de Europa y América, se mantendrían como políticas 
                de control y apaciguamiento de unas tierras consideradas propias, 
                y de unos habitantes considerados per se facinerosos y beligerantes, 
                sin destrezas para la participación en la vida social y 
                cultural, sin capacidad de intervención en asuntos económicos 
                y sin poder de influencia, menos aún de decisión, 
                en asuntos políticos. La eufemísticamente denominada 
                "cuestión social" que sólo hacía 
                referencia a la condición de explotación desmedida 
                articulada en torno a la esclavitud y a la servidumbre indígena, 
                no podía seguir favoreciendo por más tiempo el modelo 
                económico extractivo, acumulativo y de aprovechamiento 
                inconmensurable de riquezas, sólo eficaz para la política 
                fiscal y las necesidades de la real hacienda española, 
                que subrayaba las diferencias existentes entre el homo europeus 
                y el homo americanus con la correspondiente gama de matices económicos, 
                sociales y raciales intermedios. Y es que, como magistralmente 
                ha llegado a expresar Eduardo Galeano, "la resurrección 
                de la esclavitud grecorromana en el Nuevo Mundo tuvo propiedades 
                milagrosas"3. 
              SÍNTESE: Embora a Constituição restauracionista 
                espanhola de 1876 relegasse o conceito de soberania nacional e 
                no seu lugar propusesse um estatuto particular para as colônias 
                de ultramar, pelo qual estas deveriam ser governadas através 
                de leis especiais4 o certo é que esta singularidade só 
                serviu para manter o estreito cerco do colonialismo hispano imposto 
                desde o próprio momento da Conquista e sua posterior expansão 
                territorial e comercial. Não foram levados em consideração 
                nem as profundas mudanças sociais e econômicas experimentadas 
                com o passar dos séculos, nem os equilíbrios tão 
                demandados por parte da população nativa no âmbito 
                da produção e do comércio -que tanto poder 
                outorgaram à metrópole-, nem as demandas de liberdade 
                de expressão e colaboração nos assuntos políticos 
                que tão diretamente os afetava (o Real Decreto de 22 de 
                novembro de 1897 que implantava o sufrágio universal masculino 
                equivalente ao da península ibérica, além 
                de não ser crível, chegou tarde), nem o respeito 
                à condição indígena que os habitantes 
                desejavam obter para conquistar seus próprios sinais de 
                identidade. 
              Pelo contrário, a apologia do latifúndio, do intervencionismo, 
                das práticas inquisitoriais no âmbito social e cultural, 
                e das escravistas, no econômico, do acatamento das normas 
                de casta com nítidos traços racistas e, enfim, da 
                vigência de um modo de produção anacrônico 
                e mais do que questionado, a finais do século XIX, em boa 
                parte da Europa e da América, manter-se-iam com políticas 
                de controle e apaziguamento de umas terras consideradas próprias 
                e de uns habitantes considerados per se facinorosos e beligerantes, 
                sem destrezas para a participação em vida social 
                e cultural, sem capacidade de intervenção em assuntos 
                econômicos e sem poder de influência, e menos ainda 
                de decisão em assuntos políticos. O eufemismo "questão 
                social" que só fazia referência à condição 
                de exploração desmedida, articulada em torno da 
                escravidão e da ser-vidão indígena, não 
                podia seguir favorecendo por mais tempo o modelo econômico 
                extrativo, acumulativo e de aproveitamento incomensurável 
                de riquezas, só eficaz para a política fiscal e 
                as necessidades da real fazenda espanhola, que sublinhava as diferenças 
                existentes entre o homo europeus e o homo americanus, com a correspondente 
                gama de matizes econômicos, sociais e raciais intermediários. 
                E é que, como magistralmente chegou a expressar Eduardo 
                Galeano, "a ressurreição da escravidão 
                greco-romana no Novo Mundo teve propriedades milagrosas"5. 
              ABSTRACT: Although the 1876 Spanish restorative Constitution 
                left the concept of national sovereignty behind and in its place 
                proposed a specific statute for the overseas colonies by which 
                they were to be governed through special laws6, the truth is that 
                this singularity did nothing but maintain the tight corset of 
                Hispanic colonialism, imposed since the Conquest and during its 
                commercial and territorial expansion. Neither the profound social 
                and economic transformations experienced through the centuries, 
                nor the balance, highly demanded by native population in the fields 
                of production and commerce (which granted the metropolis great 
                power), nor the claims for freedom of speech and participation 
                in the political issues that so directly affected them (the Real 
                Decreto dated November 22nd 1897, which set universal male suffrage 
                equivalent to that in the Iberian Peninsula, was not only not 
                credible, but also arrived late), nor respect for the indigenous 
                condition that inhabitants desired in order to obtain their own 
                marks of identity, were ever taken into consideration. 
              On the contrary, defense of large states, of interventionism, 
                of inquisitional practices in social and cultural spheres and 
                of slavery in the economic sphere, of the acceptance of caste 
                rules with a clear racist bias and, in the end, of the preservation 
                of a system of production that was anachronistic and more than 
                criticized in most of Europe and America at the end of the 19th 
                century, would remain as policies of control and appeasement of 
                territories that were considered property of Spain and of inhabitants 
                who were considered inherently evil and bellicose, devoid of any 
                skill for social or cultural life, incapable of participating 
                in economic affairs and lacking in power to influence, much less 
                to make decisions in, political affairs. The euphemistically labeled 
                "Social Question", which referred only to the excessive 
                exploitation built on slavery and indigenous servitude, could 
                no longer favor the accumulative and extractive economic model 
                of immeasurable wealth, only efficient in terms of the fiscal 
                policy and the needs of the real hacienda española, which 
                highlighted the existing differences between homo europeus and 
                homo americanus, with its corresponding range of economic, social 
                and racial nuances. And, as Eduardo Galeano has masterfully put 
                it, "the resurrection of Greco-Roman slavery in the New World 
                had miraculous aspects"7 . 
             
            1. La modernidad americana como utopía: dependencia e 
              instrumentalización cultural y educativa 
            Circunscripta a este contexto colonial, la isla de Puerto Rico, 
              con apenas 8.897 kilómetros cuadrados y con una población 
              que rondaba las 900 mil personas en 18978, contaba cuatro décadas 
              antes con casi 47 mil esclavos sometidos a los designios de los 
              hacendados y de los altos funcionarios españoles; en 1873, 
              año de la proclamación de la abolición de la 
              esclavitud, quedaban 31 mil personas en esta categoría "social 
              y laboral". No en vano, todavía en 1910 y bajo el dominio 
              norteamericano, el 21% de la población se ocupaba del servicio 
              doméstico y personal9. Con estos precedentes, y al socaire 
              de la corriente de pensamiento emancipadora que ya había 
              recorrido toda la América hispana con éxitos clamorosos, 
              ni los 4.620 soldados, ni los 179 oficiales, ni los 25 jefes, ni 
              los 3 generales enviados a la isla desde España a partir 
              de marzo de 1895 para contener la sublevación10, impedirían 
              la "pérdida" de la colonia y su "traspaso" 
              definitivo a Estados Unidos, como con toda vehemencia expresaba 
              el Tratado de París firmado el 10 de diciembre de 1898. 
            Quedaba demostrado, pues, que la fuerza no había podido 
              someter, ni siquiera controlar o mitigar, el desarrollo del conflicto 
              en contra del imperialismo español, cuando la agudización 
              de las contradicciones -derivada tanto de la presión en las 
              relaciones de producción internas, como de la amenaza ejercida 
              por el resto de los Estados hegemónicos- y los nuevos aires 
              que soplaban a favor del cambio del curso de los acontecimientos 
              en lo referente a la economía, el comercio, la política, 
              la sociedad y la cultura, fueron irreversibles. Acierta en su diagnóstico, 
              una vez más, el gran estudioso de la cultura americana Leopoldo 
              Zea, cuando, al hablar de los motivos que desencadenaron la insubordinación 
              de los nativos y criollos hasta arribar al posterior resquebrajamiento 
              político, llega a afirmar -quizás con excesivo tono 
              paternalista- que "la separación, la ruptura, no viene 
              a ser sino el resultado de la incapacidad de las metrópolis 
              para reconocer a sus colonias capacidad para participar en una tarea 
              que debería ser común al imperio"11. 
            Una derrota más a sumar a las ya sufridas desde principios 
              de siglo y que, lejos de convertirse en un desastre nacional -como 
              tanto vocearon los regeneracionistas finiseculares defensores a 
              ultranza del nacionalismo español y de sus gestas imperialistas-, 
              sería la plasmación más evidente de las sucesivas 
              crisis que acompañaron los "triunfos" políticos 
              y los fracasos económicos, militares y sociales de la Restauración 
              borbónica. Para los países independientes de América 
              -que veían el problema desde un ángulo muy distinto 
              y que intentaban organizarse cuanto antes como estados nacionales 
              a través de la búsqueda de un nuevo orden político 
              (no económico, ni social)-, se había acabado la fase 
              colonial y, por tanto, de dependencia administrativa. Sin embargo, 
              ello no resolvió sus dificultades más apremiantes 
              en tanto que se abría un período fundacional aceptado 
              por sus elites dirigentes y basado en el incipiente desarrollo capitalista, 
              que marcaría una nueva fase de dependencia, explotación 
              y estructuración económica: el neocolonialismo12. 
              Peor, incluso, lo tuvieron aquellas otras colonias que, apartadas 
              de las consignas soberanistas de España en el período 
              finisecular (Cuba, Filipinas, Puerto Rico), sólo consiguieron 
              ser presas de nuevos intereses imperiales de la mano de los Estados 
              Unidos. 
            En este despliegue organizativo, la integración cultural 
              a los modelos europeísta o norteamericano, según los 
              casos, y los prejuicios mantenidos contra la tradición indigenista 
              y africana, se convirtieron en práctica habitual por parte 
              de los habitantes de las ciudades y de los sectores económicos 
              y políticos más poderosos e influyentes13. No podemos 
              olvidar que las relaciones inter-étnicas fueron una base 
              importante de las políticas de explotación y dominio, 
              hasta tal punto que afirmar que la integración nacional en 
              América Latina fue producto del mestizaje entraña 
              una falacia como con toda rotundidad ha expresado Rodolfo Stavenhagen: 
             
             
              Por lo demás, la tesis del mestizaje esconde generalmente 
                un prejuicio racista (aunque sea inconsciente): y es que, en lo 
                biológico, sobre todo en los países en que la población 
                mayoritaria acusa rasgos indígenas, el mestizaje significa 
                un "blanqueamiento" por lo que las virtudes del mestizaje 
                esconden prejuicios en contra de lo indígena14. 
             
            Pues bien, para evitar la independencia de la colonia -que con 
              el tiempo sólo quedó en mero mercadeo de soberanía, 
              como acabamos de ver-, auspiciando un estado de opinión entre 
              los miembros de su población que fuera favorable a los intereses 
              de los sectores dominantes españoles, desde las primeras 
              décadas del siglo XIX se introdujeron unas prácticas 
              educativas que potenciaron el orden, la censura y el control ideológico 
              necesarios para evitar "todos los peligros" y hacer de 
              los habitantes "vasallos fieles del rey"15. Tanto la masonería, 
              que comienza a asentarse en la isla a partir de 1880 y que mantuvo 
              algo más que meras tentativas emancipatorias, como el movimiento 
              autonomista que alcanzó uno de sus puntos difíciles 
              en 1887 -y más concretamente el 10 de marzo en que quedó 
              aprobada su Constitución- defendieron parcelas de poder que 
              contravenían el sentir legitimista de España. Veamos 
              sólo un ejemplo, por cierto no de los más reivindicativos: 
             
             
              Aceptando la identidad política y jurídica a la 
                metrópoli y reconociendo a ésta su soberanía 
                territorial, proclamo como principal fundamento de sus gestiones 
                la descentralización administrativa en todas las cuestiones 
                locales, así como el derecho a votar el país sus 
                presupuestos16. 
             
            En efecto, desde el momento de la Conquista y hasta aproximadamente 
              1820 la iniciativa en materia escolar fue exclusivamente religiosa. 
              El programa clásico de la escuela parroquial se reducía 
              a la enseñanza de la doctrina católica y leves nociones 
              de lectura, escritura y aritmética. En los núcleos 
              de población más importantes había maestros 
              particulares al servicio de las familias acaudaladas, aunque el 
              común de los niños -que constituía la inmensa 
              mayoría- no recibía ningún tipo de enseñanza. 
              La educación superior, a falta de universidad (creada por 
              la administración estadounidense en 1903) era impartida en 
              los dos conventos establecidos en la capital. 
            A partir de 1820 y hasta 1865 comienza a desarrollarse de manera 
              incipiente el concepto de instrucción pública como 
              responsabilidad del Estado, aunque las tasas de analfabetismo afectaban 
              de modo extraordinariamente acusado a la población negra 
              y esclava, a la libre de bajos ingresos y a las mujeres; la realidad 
              escolar perpetuaba este atraso: en 1830 había repartidas 
              por la isla, sin contar la ciudad de San Juan, veintinueve escuelas 
              y a mediados de siglo únicamente recibían enseñanza 
              3.876 niños y 1.601 niñas de un total de medio millón 
              de habitantes17. La Real Sociedad Económica de Amigos del 
              País, el Seminario Conciliar (creado en 1832) y las órdenes 
              religiosas de los jesuitas y escolapios centrarían la atención 
              de los habitantes con preocupación, recursos y tiempo disponible 
              para aprender algo más que rudimentos de lectura y escritura. 
              A ello habría que añadir, no obstante, la fundación 
              en 1851 de la Real Academia de Buenas Letras, el establecimiento 
              de las escuelas rurales en 1856 y el paulatino incremento en el 
              número de colegios por toda la isla después de 1860. 
              Incluso, con la ayuda de algún exiliado español tras 
              la reacción absolutista de 1823 -como fue el caso de Rufo 
              Manuel Fernández-, se impulsó de manera general el 
              nivel cultural, se alentó el estudio de las ciencias naturales 
              y se elaboró un plan para enviar jóvenes puertorriqueños 
              a Europa con el objetivo de avanzar en sus estudios y prepararlos 
              para ejercer de docentes en la isla. 
            Sin embargo, es a partir de 1865 y hasta el cambio de soberanía 
              cuando se percibe cierto progreso en la instrucción pública. 
              No sólo se contabilizan más subvenciones para este 
              particular, sobre todo tras la expulsión de los jesuitas 
              en 1884, sino que hay una participación más activa 
              del Estado a través de planes de organización incorporados 
              en los decretos orgánicos publicados entre 1865-1880 (por 
              ejemplo, uno de 1865 proponía la reorganización de 
              las enseñanzas, suprimía la Real Academia de Buenas 
              Letras y creaba una Junta Superior de Instrucción Pública). 
              Por estas mismas fechas la maquinaria administrativa parecía 
              tener una mayor preocupación por los asuntos educativos, 
              si tenemos en consideración que se organizó definitivamente 
              el servicio de inspección, se fundaron escuelas normales, 
              se estableció el Instituto Civil Provincial de Segunda Enseñanza, 
              se potenció el Ateneo -que, aunque erigido en 1876, se encargaría 
              poco después de impartir la enseñanza superior en 
              colaboración con la Universidad de La Habana- etcétera. 
              Tal fue el nivel alcanzado que, "al finalizar el siglo XIX, 
              cuando pasó la isla del dominio de España al de los 
              Estados Unidos, Puerto Rico tenía un sistema escolar que, 
              con todas sus deficiencias y desventajas, era comparable a los sistemas 
              que prevalecían en las provincias españolas en aquella 
              época"18. Concretamente, si es cierto el testimonio 
              de José G. del Valle redactado en Barcelona en 1907 y en 
              cuyo recuento coincide, en términos generales, con las cifras 
              del censo realizado por los norteamericanos en 1899 -en el que se 
              criticaba el alto porcentaje de analfabetismo y, amparados en ello, 
              se rechazaba el derecho a su autonomía-, en julio de 1898 
              existían en la isla 554 escuelas con 25.644 alumnos matriculados19. 
              Siete de cada ocho escuelas eran públicas y habían 
              favorecido a la población ubicada en las zonas urbanas, pues 
              se pudo constatar que la totalidad de la población rural 
              era iletrada. A ello habría que añadir que las niñas 
              siguieron sufriendo una clara discriminación educativa y 
              cultural respecto de los niños, evidenciada en sus elevadas 
              tasas de analfabetismo (más del 85%). Ese mismo año, 
              según fuentes españolas, el 79,6% de la población 
              insular en su conjunto era considerada analfabeta20. 
            Pero, por encima de estos guarismos -o, en realidad, condicionando 
              y determinando a los mismos-, lo que nos interesa resaltar es la 
              política escolar diseñada y aplicada por las autoridades 
              españolas en la isla, como también sucedería 
              en Cuba, para evitar cualquier brote disidente, resistente o explícitamente 
              independentista. No era algo nuevo en el panorama adoctrinador desplegado 
              por la metrópoli, pero sí debemos convenir en que 
              tomó renovados perfiles por ser una de las pocas fichas que 
              quedaban por jugar en el tablero de la conflictividad social generada 
              en la última o penúltima colonia ubicada allende los 
              mares, y que seguía siendo plaza estratégica para 
              la política militar hispana. 
            La idea relativa a la perversidad y nocividad que la educación 
              podría suponer a unos habitantes "desagradecidos" 
              y faltos de respeto hacia su "Madre Patria", ya había 
              sido abanderada desde 1828 -a miles de kilómetros de América- 
              por el obispo de Tenerife (Canarias) para prevenir la onda expansiva 
              de la emancipación tras la definitiva batalla de Ayacucho. 
              En esta ocasión se trataba de impedir el establecimiento 
              de nuevos centros literarios y educativos en el archipiélago, 
              por considerarlo contrario al espíritu centralizador y unificador 
              propuesto por los gobernantes21. Con éste y otros precedentes, 
              nada es de extrañar que preocupara el modelo educativo y 
              el ideario de los maestros que debían ponerlo en práctica 
              en una isla como la de Puerto Rico, que imitaba en sus aspiraciones 
              liberadoras los comportamientos y estrategias de los cubanos insertos 
              en pleno proceso bélico por cortar las amarras coloniales. 
              Del siguiente modo lo ha testificado Gabriela Ossenbach, con un 
              ejemplo que volveremos a tener presente algunos párrafos 
              más abajo acercándonos a las fuentes documentales 
              originales:  
             
              Como reacción a los acontecimientos cubanos de 1868-78 
                se creó en las autoridades delegadas de la península 
                en Puerto Rico una gran desconfianza respecto de los maestros 
                criollos y de las juntas locales de instrucción pública, 
                entorpeciendo el desarrollo iniciado. La destitución de 
                muchos maestros criollos y su sustitución por otros peninsulares, 
                así como las restricciones para algunas instituciones de 
                enseñanza privada, son algunas de las medidas que se tomaron 
                para frenar el avance de las tendencias independentistas22. 
             
             En la isla antillana se reprimió cualquier comportamiento 
              que evidenciara ruptura con la política desplegada por las 
              autoridades y uno de los factores básicos de freno, junto 
              a la actividad política y militar, fue el educativo. Nada 
              que ver con lo acontecido en España porque, aunque hubo provincias 
              cuyo nivel de analfabetismo superó el porcentaje existente 
              en Puerto Rico, como ha quedado expuesto, la naturaleza y la orientación 
              de los contenidos transmitidos, el marco ideológico general 
              en el que se realizaban las teorías y las prácticas 
              docentes de rutinarismo y docilidad, y la finalidad perseguida por 
              docentes y responsables políticos, distó de tener 
              carácter de excepcionalidad como ocurrió en la isla 
              por los persistentes brotes emancipadores. Intentemos acercarnos 
              a esta realidad ayudados de los fondos documentales del Archivo 
              de Indias, para desvelar lo que algunos norteamericanos de la época 
              dieron en llamar "cachivaches de antaño", haciendo 
              clara alusión al conocimiento adquirido por los criollos 
              y puertorriqueños durante el dominio político y militar 
              de los españoles23. 
            2. Teorías y prácticas educativas como mecanismos 
              generativos de orden y consenso sociales 
            Si seguimos los informes, las notificaciones y la correspondencia 
              oficial referida al ministerio de ultramar a través de su 
              sección de Gobierno y Fomento -y más específicamente, 
              del negociado de Fomento e Instrucción Pública-, podemos 
              darnos cuenta de la importancia adquirida por la educación 
              para sofocar determinadas ideas y conductas consideradas "disolventes 
              y contrarias a los intereses de la Nación Española". 
              Uno de los primeros ejemplos lo tenemos en el decreto publicado 
              por el gobernador de la isla en la Gaceta de Puerto Rico, en enero 
              de 1875, por el cual se pretendía equiparar la enseñanza 
              privada a la pública -previamente reformada a través 
              del plan de estudios y reglamento de 1863-, con la intención 
              de evitar "que en las escuelas y colegios particulares se propagasen 
              doctrinas contrarias a los intereses de la sociedad y de la patria"24. 
              Entre las medidas adoptadas estaban, por ejemplo, la imposibilidad 
              de abrir establecimientos de enseñanza sin la preceptiva 
              autorización, la exigencia a todos los maestros de estar 
              en posesión del título profesional para garantizar 
              su aptitud, la utilización de libros declarados oficialmente 
              de texto y la supervisión de todos los colegios particulares 
              por parte de la inspección del gobierno y de las respectivas 
              juntas locales de instrucción. El problema denunciado consistía 
              en que los maestros de primera enseñanza, que habían 
              sido expulsados de los colegios públicos por sus ideas emancipatorias 
              una década antes, instalaron sus propios centros de enseñanza 
              contraviniendo el espíritu patriótico exigido para 
              estos casos en una época de clara oposición a la metrópoli. 
            El escrito redactado por el Gobierno General de la isla y enviado 
              al ministro de ultramar para hacer alusión a este particular, 
              era contumaz en la exposición de motivos:  
             
              Cuando a consecuencia de las mismas reformas de que dejo hecho 
                mérito fueron lanzados de sus puestos los profesores que 
                abusando de la posición oficial fueron más que maestros 
                de niños propagandistas de ideas disolventes y contrarias 
                a los intereses de la Nación Española, pude observar 
                que estos mismos profesores amparándose en el derecho Constitucional 
                abrieron escuelas particulares desde las cuales, perdido todo 
                el recato, redoblaron el esfuerzo de las criminales propagandas 
                [...]. Para cortar pues este escandaloso abuso, para poner coto 
                a un daño que tanto podía perjudicar los intereses 
                de la patria creando aquí más divisiones y rencores 
                de los ya por desgracia introducidos con otras punibles tolerancias 
                o perturbadoras leyes, he expedido el Decreto25. 
             
            Desde España, el impacto causado por la noticia tampoco 
              dejó indiferentes a las autoridades ministeriales ni al Rey, 
              que tuvieron a bien aprobar la citada fuente de derecho:  
             
              Al ver que los Maestros que habían sido lanzados de los 
                puestos oficiales que ocupaban por propagar doctrinas antiespañolas 
                y disolventes, abrían, al amparo de nuestra Constitución, 
                escuelas particulares en las que con todo descaro seguían 
                propagando sus criminales doctrinas, y no bastando a corregir 
                tan incalificable conducta ni los esfuerzos de aquélla 
                autoridad superior, ni la inspección de los Alcaldes, dicho 
                G. G. [Gobierno General] se ha visto precisado a dar el decreto 
                que hemos mencionado26. 
             
            Así pues, tanto para velar por el "porvenir de la patria 
              en esta antilla", como para propagar "la más sana 
              y patriótica enseñanza" (sic), se tomaban unas 
              medidas aprobadas unánimemente por todas las autoridades 
              con responsabilidad en la isla, cuyo fin último no era otro 
              que el de mantener la cohesión moral y la estabilidad social 
              -como profilaxis en contra de los posibles brotes de desorden- a 
              través de los procesos reglamentados de adquisición 
              del conocimiento. 
            Con estos antecedentes, de acendrada defensa nacional, no nos debe 
              extrañar el revuelo que se formó en 1870 cuando Johanes 
              Waldemar Zacchens, natural de la isla danesa de Santa Cruz, solicitó 
              abrir una escuela privada protestante en la isla de Vieques (Puerto 
              Rico) amparándose en la enorme cantidad de niños extranjeros, 
              especialmente ingleses, que vivían allí y profesaban 
              esta religión. Con ello se facilitaba la escolarización 
              de un grupo de menores que no podía asistir a las escuelas 
              públicas españolas por desconocer el idioma; además 
              de enseñar "los primeros rudimentos", se impartirían 
              clases de gramática, aritmética, lectura, escritura, 
              geografía, adorno, música e historia sagrada, pudiendo 
              ser aprovechada la ocasión para que el maestro enseñara 
              igualmente inglés a los hijos de familias españolas 
              que deseaban cursar estos estudios, para facilitar el intercambio 
              comercial como práctica económica destinada a evitar 
              el declive en la tasa de ganancias. El voto de algunos de los miembros 
              de la Junta Superior de Instrucción Pública aunque 
              afirmativo, pues se sometían todas las actividades educativas 
              que se desarrollaran al control de la inspección, dejaba 
              traslucir ciertas dudas y sospechas sobre la pertinencia de aceptar 
              dicha actividad docente:  
             
              Si bien se ha decretado que todo Español puede obtener 
                cargos públicos con independencia de sus creencias Religiosas, 
                los extranjeros tienen que naturalizarse para gozar de aquellos 
                derechos y no siendo así les queda el de dar a sus hijos 
                la enseñanza privadamente, pero nunca debe la Nación 
                proteger la enseñanza española por extranjeros advenedizos 
                desprestigiando así al magisterio español, causándole 
                perjuicios morales y materiales con detrimento del fomento del 
                espíritu nacional27. 
             
            El Gobernador Superior Civil de Puerto Rico hacía una lectura 
              en clave más práctica, al interpretar que esta escuela 
              era una oportunidad para permitir el acceso a la educación 
              a un grupo de niños que, desconociendo el castellano, no 
              podía asistir a las escuelas públicas españolas; 
              se sostenía la idea, además, de que su carácter 
              era excepcional -al no responder a la norma general vigente que 
              obligaba a impartir la enseñanza del catecismo católico, 
              apostólico y romano-, y de que su financiación sería 
              privada por carecer la administración pública de fondos 
              suficientes para costearla. Pese a todo, no faltaron las advertencias 
              ni los prejuicios:  
             
              Considerada la cuestión bajo el punto de vista religioso, 
                es inútil discutirla hallándose decretada la libertad 
                de cultos. Ahora bien, sentadas estas proposiciones, cree el Negociado 
                que no debe negarse a Mr. Zacchens el permiso que solicita para 
                establecer su escuela; pero cree también que debe establecerse 
                para ella un método especial de inspección para 
                evitar que se convierta en un arma traidora y encubierta de propaganda 
                protestante, que por ser ejercida sobre seres inexpertos pudiera 
                un día dar resultados distintos á los que lógicamente 
                debe dar y producir quizás algún conflicto28. 
             
            Aunque continuaron los recelos, las ideaciones y las desconfianzas, 
              habida cuenta de que el mencionado maestro ya había tenido 
              abierta la escuela de manera ilegal durante algunos meses de 1869 
              -en el que asistieron a la misma niños y adultos para aprender 
              nociones de moral protestante, según había denunciado 
              un tanto airado el propio cura párroco de la localidad-, 
              lo cierto es que con fecha de 12 de octubre de 1870 las autoridades 
              españolas, al más alto nivel, entendieron necesaria 
              la instalación de dichas enseñanzas al considerar 
              que era un caso particular, que facilitaría la escolarización 
              de los extranjeros y que no conculcaba la normativa vigente sobre 
              la libertad de cultos. 
            No corrió la misma suerte el proyecto presentado en junio 
              de 1867 por Jerónimo de Usera, deán de la Catedral 
              de La Habana y vocal de la Junta Consultiva para la reforma de las 
              Antillas, por el cual instaba la creación de escuelas para 
              educar a los pobres, negros y chinos residentes tanto en la isla 
              de Cuba como en la de Puerto Rico. Según expresaba en la 
              notificación, se cifraba en más de medio millón 
              el número de personas que estaban en esta situación, 
              "que ni conocen sus deberes ni goces de familia". Su propuesta, 
              aceptada por todos los miembros de la Junta Consultiva que consideraron 
              beneficioso el establecimiento de "una asociación piadosa 
              para dar la educación social y religiosa a las clases pobres 
              de estas islas", tropezó con la negativa de los principales 
              responsables del poder local. El Gobernador Superior Civil de Puerto 
              Rico consideró imposible la realización de dicho proyecto 
              por "la volubilidad de los que habían de ser enseñados" 
              y porque "los criados y esclavos de las haciendas, después 
              del duro trabajo que prestan, no acceden a dedicarse al estudio 
              optando por un descanso que les es necesario"29. Un poco más 
              adelante aludía a la auténtica razón del rechazo: 
              "Mal podía esta isla subvenir los gastos que necesariamente 
              ocasionaría su planteamiento, cuando aún no ha podido 
              corresponder dignamente a los de la instrucción primaria 
              de más preferente atención"30. Por si fuera poca 
              la desidia, tampoco el arzobispo de Cuba parecía mostrarse 
              entusiasmado por el particular, al tardar varios años en 
              despachar el informe pedido por el deán de su cabildo. Aquella 
              educación moral y religiosa destinada a las clases menesterosas 
              se consideraba una pérdida de tiempo y sobre todo de dinero, 
              argumento éste que fue aprovechado por las autoridades para 
              desestimarlo en 1871. Estaba claro que estos sectores no podían 
              aspirar a nada más, después de haber desarrollado 
              unos adecuados hábitos religiosos y de haber integrado el 
              tejido social a través de una calculada y graciable identidad 
              política ahormada a la específica forma de dominación 
              reinante. La inculcación ideológica bastaba para consolidar 
              y expandir las relaciones de producción en este capitalismo 
              naciente de raíz colonial y periférico, destinado 
              a incrementar la coacción y la explotación servil, 
              el reforzamiento del rendimiento y, como consecuencia, el desarrollo 
              de la cultura y del mercado hispano ahondando en la idea de su pertenencia 
              territorial. La enseñanza, más o menos regular y sistemática, 
              sólo podía ser considerada una actividad auxiliar 
              o subsidiaria y, en este caso, además, innecesaria. 
            Consecuencia de esta misma política homogeneizadora, realizada 
              para potenciar el conformismo y la dependencia, fue el empeño 
              por crear nuevas plataformas culturales que propiciaran el acatamiento 
              de la población al statu quo imperante. Uno de los aspectos 
              esenciales en este sentido fue la instalación de bibliotecas 
              populares económicas tanto en la isla de Fernado Poo como 
              en la de Puerto Rico. De la misma manera que el Ministerio de Fomento 
              distribuía bibliotecas gratuitas por los pueblos de la península, 
              se juzgaba conveniente que se enviaran a determinadas colonias para 
              ayudar en sus tareas cotidianas a los maestros de escuela. El problema 
              no surgía en Fernando Poo por existir un solo docente, pero 
              sí se daba en la isla antillana donde había una treintena 
              de centros escolares que podían acogerse a esta medida de 
              dotación de libros. La disyuntiva parecía estar clara 
              según instancia firmada el 19 de septiembre de 1871 por Manuel 
              Prieto y Prieto, oficial responsable del ministerio, al observar 
              que las bibliotecas debían asignarse a aquellas escuelas 
              que tuvieran al frente a los "mejores" docentes; o, dicho 
              de otro modo y con sus propias palabras:  
             
              [Debía conocerse] cuáles son los maestros que más 
                se distinguen por su celo en bien de la enseñanza, inteligencia 
                y laboriosidad, para que en vista de lo que dichas autoridades 
                contesten, se manifieste al Ministro de Fomento la conveniencia 
                de premiar debidamente a los profesores de primera enseñanza 
                en nuestras provincias de ultramar, remitiéndoles colecciones 
                de libros como se practica en la Península31. 
             
            No fue casual que el 12 de octubre de 1871 el ministerio de ultramar 
              aceptara la entrega de dichas colecciones de libros y firmara la 
              oportuna Real Orden, previa "laudable solicitud" del listado 
              de profesores de instrucción primaria "de más 
              honrosos antecedentes" (sic). 
            En parecidos términos se manifestó el ministerio 
              en 1880, cuando se comprometió a enviar una colección 
              de libros al ayuntamiento de Mayagüez después de haber 
              sido solicitados insistentemente: "Una colección de 
              libros -se afirmaba en la respuesta- compuesta de los más 
              propios y adecuados al objeto, dadas la situación y condiciones 
              de aquella ciudad, debiendo ser entregados al diputado a Cortes 
              por aquel distrito, D. Luis Torres de Mendoza"32. No era la 
              única ocasión en que se defendía la lectura 
              de determinados libros "de texto" como medio más 
              idóneo para someter a la población a los valores al 
              uso, salvaguardando en la uniformidad más absoluta las actitudes 
              contestatarias producto de las desigualdades económicas y 
              sociales. 
            Otro ejemplo en la misma línea argumental nos indica que 
              idéntica petición sería cursada en 1887 por 
              las autoridades locales para dotar convenientemente el presidio 
              de Puerto Rico, al entender que sería "un poderoso auxilio 
              de la escuela ya establecida, y que tan excelentes resultados ha 
              dado en la mayor parte de los que a ella concurren". Aquella 
              demanda cursada originariamente el 3 de marzo de 1886 por el jefe 
              del presidio, intentaba, a tenor de lo expuesto en la Real Orden 
              de 10 de noviembre de 1883, incrementar los resultados obtenidos 
              por la escuela elemental también establecida en el centro 
              penitenciario, puesto que "la mayor instrucción sólo 
              puede fomentarse por medio de la lección de obras morales 
              y religiosas que despierten sus facultades intelectuales"33. 
              Aunque el expediente inició su trámite en 1887 y todavía 
              constaba con fe-cha de entrada en el archivo ministerial en 1893, 
              no sabemos con certeza cuál fue la decisión adoptada 
              finalmente por las autoridades españolas a raíz del 
              recrudecimiento de los acontecimientos bélicos. Sí 
              resulta cuando menos irónico, e incluso sarcástico, 
              comprobar cómo el propósito de partida estaba en despertar 
              las facultades intelectuales de los presidiarios -muchos de ellos 
              delincuentes comunes o simples activistas políticos- a través 
              de la lectura de obras morales y religiosas de naturaleza doctrinal, 
              iconográfica, metódica y catequística. La formación 
              de cuerpos dóciles y almas sumisas resumían los objetivos 
              a alcanzar con los raquíticos y caducos nutrientes educativos 
              puestos a disposición por las políticas gubernamentales 
              allende los mares. Jules Ferry, ministro de Instrucción Pública 
              francés a partir de 1879 y heredero de los ideales revolucionarios 
              dieciochescos, lo había sentenciado exagerada y obstinadamente: 
              "El que es dueño del libro de texto es dueño 
              de la educación"34. 
            Si el pragmatismo fue la nota dominante a la hora de educar a los 
              niños y a los adultos de sexo masculino para acoplarlos al 
              sistema vigente, imaginemos el desinterés reinante con respecto 
              a la educación de las niñas, destinadas al cumplimiento 
              de otras funciones sociales circunscritas especialmente al auxilio 
              de los hombres y espacialmente al ámbito del hogar. Por este 
              motivo, sería la Asociación de Damas para la Instrucción 
              de la Mujer -bajo el patronato de la condesa de Verdú- la 
              que elaborase en 1885 el primer reglamento por el que, bajo los 
              auspicios de las señoras y señoritas "de las 
              más elevadas clases", se establecieran en la isla los 
              centros destinados a la educación doméstica y a la 
              instrucción profesional adecuadas para "las hijas de 
              familias pobres o medianamente acomodadas que tengan vocación 
              para la enseñanza"35. A imitación de la nobleza 
              ilustrada y de sus refinamientos filantrópicos, esta asociación 
              se sintió redentora del atraso cultural femenino, fomentando 
              una formación que albergara expectativas en el incipiente 
              marco de relaciones laborales capitalistas, en el que la mujer sólo 
              disponía de una posición minoritaria y residual en 
              su estructura ocupacional. Aunque con ambiciosos propósitos 
              de impartir clases de comercio, telegrafía, tipografía, 
              encuadernación, obstetricia, y otras enseñanzas "a 
              que se presta la inteligencia y laboriosidad de la mujer", 
              su fracaso estaba cantado a tenor de dos destacados factores: 
              El depender económicamente, 
              además de las cuotas de los socios, de los donativos de corporaciones 
              y personas bienhechoras y de las subvenciones de los ayuntamientos, 
              diputación provincial, Gobierno General, Real Sociedad Económica 
              de Amigos del País y Ateneo; de la cicatería económica 
              de estas entidades hablaba la Memoria redactada y publicada tres 
              años más tarde que citaremos a continuación. 
              La dimisión de 
              la condesa de Verdú al trasladarse a España apenas 
              un año después de creada la asociación. Aunque 
              es cierto que se crearon juntas locales en una veintena de lugares 
              y que los motivos fundacionales seguían vigentes "para 
              lograr el fomento de la instrucción del bello sexo, uno de 
              los fundamentos más firmes de la paz y del progreso"36, 
              lo cierto es que no tuvieron ni acogida personal ni institucional 
              porque los problemas a resolver en la isla necesitaban de respuestas 
              cuyo tenor debía ser bien distinto. Ni siquiera cundió 
              efecto el intento desesperado y un tanto agónico por llamar 
              la atención de la realidad educativa femenina incomparablemente 
              peor que la de niños:  
             
               
                En efecto, si la instrucción y educación de la 
                  mujer es conveniente en todas partes, sube aquí de punto 
                  la necesidad de atenderla; aquí que, por los datos estadísticos 
                  que nos proporciona la Inspección de escuelas, sabemos 
                  que las de niñas están en pasmosa desproporción 
                  respecto de las de niños, y cuenta que, las de éstos, 
                  dejan mucho que desear en cuanto á su número; 
                  á salvar, pues, tal desproporción, tienden nuestros 
                  esfuerzos, en bien de la Provincia y de la Patria37. 
               
             
            Al escalonamiento jerárquico en la educación de niños, 
              producto de la segregación de clase y raza, habría 
              que añadir, también, la segregación de género 
              ante la nula intervención de las autoridades en esta materia, 
              como venía siendo -y seguiría siendo por mucho tiempo- 
              lo habitual. 
            A pesar de la autoafirmación de este colectivo, la Asociación 
              de Damas se convirtió en el escaparate didáctico y 
              estereotipado de la mujer, al reproducir a través de algo 
              parecido a la educación las actividades que éstas 
              siempre habían desempeñado y que respondían 
              a su natural y providencial condición doméstica, caracterizada, 
              por encima de todo, por estar subordinada al hombre, ser trabajadora 
              incansable y convertirse en buena administradora del hogar desde 
              una posición lo más silenciosa, inadvertida o invisible 
              posible. 
            Parecidas vicisitudes acompañaron la instalación 
              del Instituto Civil Provincial de Segunda Enseñanza. Sin 
              embargo, más que su creación práctica -que 
              tuvo lugar en la recta final del siglo- nos interesa subrayar la 
              intencionalidad y las expectativas de sus promotores y del Gobierno 
              General a raíz del reglamento elaborado en 1882, en un momento 
              -no lo olvidemos- de crispación social y, por ende, también 
              estudiantil y escolar38. Aunque dicho reglamento no era original 
              ya que se basaba en el establecido previamente en la vecina isla 
              de Cuba, sí es cierto que buscaba adaptarse a las peculiaridades 
              locales al suprimir algunos artículos y abreviar otros; así 
              y todo, contaba con ciento noventa y un artículos más 
              otro adicional derogatorio. A pesar de que no entra dentro de nuestro 
              propósito realizar un vaciado global de sus contenidos, consideramos, 
              no obstante, que son dignos de mención al menos dos de sus 
              apartados para entender la política educativa regresiva, 
              conservadora y coercitiva que se seguía en la isla y que 
              distaba de las modernas formas de entender la actividad docente 
              y la disciplina, desplegada, por ejemplo, por los sectores más 
              aperturistas o innovadores encabezados por los krausistas, institucionistas 
              y positivistas, algunos de los cuales habían expresado sus 
              ideas en el propio territorio insular. 
            Así es: en el capítulo 7 que trataba sobre las faltas 
              contra la disciplina académica y medios de reprimirla, el 
              artículo 106 expresaba taxativamente que "desde el día 
              en que el alumno se inscribe en la matrícula, queda sujeto 
              a la autoridad escolástica dentro y fuera del Establecimiento". 
              Esto significaba que, a todos los efectos, se convertía en 
              una especie de rehén de las decisiones adoptadas para controlar 
              los movimientos estudiantiles sediciosos que pudieran tener lugar, 
              debiendo acatar las ordenanzas dispuestas a tal fin. Esta idea quedaba 
              más específicamente expuesta en los artículos 
              152, 153 y 154. El primero de ellos afirmaba sin paliativos que, 
              "si ocurriese en el Instituto desorden en que tome parte la 
              generalidad de los alumnos y no fueren bastante a sosegarlo los 
              esfuerzos del director, profesores y dependientes, el jefe acudirá 
              á la autoridad civil para que los reprima; todo sin perjuicio 
              de imponer las penas académicas que procedan". Los dos 
              artículos siguientes -y en general, la mayor parte del texto 
              -empleaban una terminología propia de los establecimientos 
              carcelarios: "insubordinación", "hecho punible", 
              "acción judicial", "disturbios escolares", 
              etc., eran expresiones de uso corriente. Los castigos aplicados 
              por las faltas cometidas y consideradas de carácter grave, 
              podían variar entre la amonestación pública, 
              el encierro en el edificio escolar durante ocho días, la 
              pérdida del curso en una, varias o todas las asignaturas 
              y la expulsión temporal o perpetua del centro. Los márgenes 
              para la discrepancia parecían ser nulos y el "aprendizaje 
              memorístico", el "estar de plantón en la 
              clase", o la "detención dentro del edificio" 
              (sic), eran prácticas habituales para aplicar a los alumnos 
              cada vez que cometían faltas leves, entendiendo por tales 
              la resistencia pasiva a las órdenes, las blasfemias, las 
              acciones irreligiosas y deshonestas, o "cualquier otro acto 
              que cause perturbación grave en el orden y disciplina académica" 
              (art. 147). Estos fueron, a grandes rasgos, los términos 
              empleados y aprobados por la Junta Provincial de Instrucción 
              Pública de Puerto Rico para instar a las autoridades españolas 
              a erigir el Instituto Civil Provincial de Enseñanza Secundaria, 
              haciendo merecedor de cuantas puniciones fueran necesarias a quienes 
              osaran perturbar la tranquilidad individual o pública debida. 
            Su finalidad marcó una época muy concreta, pues con 
              el cambio de soberanía cerró sus puertas al no representar 
              ya los ideales para los que se había concebido. Aunque ha 
              sido un axioma ampliamente demostrado desde los inicios de la historia 
              de la educación, como acertadamente había manifestado 
              tres décadas antes el intelectual y político liberal 
              Antonio Gil de Zárate:  
             
              Digámoslo de una vez, la cuestión de enseñanza 
                es cuestión de poder: el que enseña domina; puesto 
                que enseñar es formar hombres, y hombres amoldados a las 
                miras del que los adoctrina39.  
             
            En el caso que nos ocupa, dicha reflexión se convirtió 
              en un aserto apodíctico. 
            3. Conclusiones, a modo de recapitulación 
            Una y otra vez, tanto las autoridades como algunos súbditos 
              y "ciudadanos" puertorriqueños, abogaron por la 
              escolarización y alfabetización para intentar superar 
              el secular abandono a que había sido condenada la isla por 
              parte de los responsables políticos e institucionales españoles. 
              De hecho, hasta 1865, año en que se organizó el sistema 
              de educación pública con vistas a ejercer un mayor 
              control administrativo, esta actividad dependió de las órdenes 
              religiosas y de las escasas escuelas privadas que podían 
              costearse las familias más adineradas y casi siempre de más 
              rancio abolengo. Fue sólo a partir de este momento cuando 
              se impuso a los municipios la obligación de financiar escuelas 
              en sus demarcaciones territoriales y, cuando, en realidad, se aplicó 
              la Ley Moyano española de 1857, por la que se hacía 
              obligatoria la escolarización de niños y niñas 
              entre 6 y 9 años y se estructuraba la enseñanza en 
              los tres niveles -primaria, secundaria y universitaria- actualmente 
              en vigor. 
            Sin embargo, el compromiso económico de las autoridades 
              hispanas estaba reservado preferentemente a los gastos militares 
              y eclesiásticos, llegando a destinar a estas actividades 
              hasta el 60% del presupuesto40. El abandono educativo, por tanto, 
              si tenemos en consideración éste y otros datos igualmente 
              ilustrativos que reseñaremos a continuación, parecía 
              mantenerse inalterable. Según las estadísticas oficiales 
              de 1881, la isla contaba con 544 escuelas en las que estaban matriculados 
              (lo que de ninguna manera debe interpretarse como asistencia regular, 
              que las mismas autoridades estimaban en un 50%) un total de 25.716 
              alumnos41. 
            Durante el cambio de soberanía, en 1898, se computaban los 
              544 establecimientos escolares existentes casi 20 años antes: 
              380 escuelas de niños, 138 de niñas y 26 colegios 
              de segunda enseñanza a los que debían concurrir 47.861 
              alumnos, población escolar que -como podemos apreciar- casi 
              se había duplicado. Según el Departamento de Educación 
              (norteamericano), el 86% de los niños estaban sin escolarizar 
              y casi el 90% de sus habitantes eran analfabetos42. El absentismo, 
              la falta de financiación, la precariedad de los locales-escuela 
              que no contaban con las condiciones higiénicas y pedagógicas 
              que la ley exigía, la carencia de escuelas, el abandono económico 
              de los maestros (calificado de "injusto" e "inmoral"), 
              la inexistencia de material pedagógico y escolar, la irresponsabilidad 
              de las juntas locales de instrucción por no denunciar las 
              arbitrariedades y dejación de funciones de los ayuntamientos 
              y un largo etcétera de quejas y reproches, eran las notas 
              dominantes expresadas por el Gobierno General de la isla en una 
              esclarecedora circular dedicada a la instrucción pública 
              en 188243. 
            Pero, por encima de estas vicisitudes y privaciones, el objetivo 
              de los responsables insulares estribaba en la regulación 
              de la sociedad civil a través de la acción (educativa) 
              uniformadora tendente a evitar cualquier tipo de tensiones y pugnas 
              y convirtiendo a la burocratizada administración española 
              en garante de la misma; era la manera más acertada -por lo 
              menos así se entendía- de contener la presión 
              social a favor de la fragmentación y la independencia políticas, 
              que, de la mano de determinados sectores de la población, 
              parecía una realidad imparable como ya había demostrado 
              la historia en prácticamente todo el continente. La Iglesia 
              y el Estado, como instituciones depositarias en mantener inalterables 
              los procesos sociales y las relaciones clasistas, sexistas y racistas 
              sobre las que se asentaban, por antagónicos y anacrónicos 
              que parecieran, supieron utilizar la educación en su propio 
              beneficio siguiendo una línea de actuación más 
              atenta al dogma, a la imposición y a la punición que 
              a las formas de espiritualidad y racionalidad más acordes 
              con las nuevas modos de pensar. Los ejemplos que hemos visto sólo 
              fueron un exponente, un tanto anecdótico y residual pero 
              altamente enunciativo y demostrativo, de lo que en toda América 
              Latina había constituido su habitual proceder y su empeño 
              secular. 
            En fin, el poeta chileno Pablo Neruda, que ha entendido de manera 
              ejemplar que nada de lo acontecido se ha desvanecido para la historia, 
              expresó como nadie la vulnerabilidad e indefensión 
              padecidas por los habitantes de la isla, en los versos que le dedicara 
              en los años sesenta en su conocida Canción de Gesta. 
              Aunque en condiciones obviamente diferentes a las de cien años 
              antes, el actual sometimiento, sufrimiento y lamento, encadenaban 
              una vez más al pasado sus ya añejos deseos de independencia: 
             
               
                 
                   
                    
                      Y allí sigue, allí está encarcelada 
                        la isla rodeada por el sufrimiento.  
                        Y se desangra nuestra sangre en ella 
                        porque una garra de oro la separa 
                        de sus amores y su parentesco.  
                     
                   
                 
               
             
            Notas: 
            * Profesores titulares de Teoría e Historia de la Educación, 
              Universidad de La Laguna, Tenerife, España. 
            1 Esta publicación está circunscrita al Proyecto 
              de Investigación financiado por el Ministerio de Educación 
              y Ciencia con la referencia HUM2004-04562. 
            2 Constituciones de España 1808-1978 (1988) Madrid: Segura, 
              p. 198; Jordi SOLÉ TURA y Eliseo AJA (1990) Constituciones 
              y períodos constituyentes en España (1808-1936). Madrid: 
              Siglo XXI, pp. 70 y ss. (primera edición de 1977). 
            3 Eduardo GALEANO (1988) Las venas abiertas de América Latina. 
              Madrid: Siglo XXI, p. 125 (primera edición de 1971). Véase 
              también, Antonio-Miguel BERNAL: "De colonias a repúblicas: 
              España-América (siglos XVIII-XIX). Reformismo, libre 
              comercio y crecimiento económico", pp. 103-148, en Josep 
              FONTANA (2004) Historia y proyecto social. Jornadas de debate del 
              Institut Universitari d'Història Jaume Vicens Vives. Barcelona: 
              Crítica y Universitat Pompeu Fabra. 
            4 Constituciones de España 1808-1978 (1988) Madrid: Segura, 
              p. 198; Jordi SOLÉ TURA y Eliseo AJA (1990) Constituciones 
              y períodos constituyentes en España (1808-1936). Madrid: 
              Siglo XXI, pp. 70 y ss. (primera edición de 1977). 
            5 Eduardo GALEANO (1988) Las venas abiertas de América Latina. 
              Madrid: Siglo XXI, p. 125 (primera edición de 1971). Véase 
              también, Antonio-Miguel BERNAL: "De colonias a repúblicas: 
              España-América (siglos XVIII-XIX). Reformismo, libre 
              comercio y crecimiento económico", pp. 103-148, en Josep 
              FONTANA (2004) Historia y proyecto social. Jornadas de debate del 
              Institut Universitari d'Història Jaume Vicens Vives. Barcelona: 
              Crítica y Universitat Pompeu Fabra. 
            6 Constituciones de España 1808-1978 (1988) Madrid: Segura, 
              p. 198; Jordi SOLÉ TURA y Eliseo AJA (1990) Constituciones 
              y períodos constituyentes en España (1808-1936). Madrid: 
              Siglo XXI, pp. 70 y ss. (primera edición de 1977). 
            7 Eduardo GALEANO (1988) Las venas abiertas de América Latina. 
              Madrid: Siglo XXI, p. 125 (primera edición de 1971). Véase 
              también, Antonio-Miguel BERNAL: "De colonias a repúblicas: 
              España-América (siglos XVIII-XIX). Reformismo, libre 
              comercio y crecimiento económico", pp. 103-148, en Josep 
              FONTANA (2004) Historia y proyecto social. Jornadas de debate del 
              Institut Universitari d'Història Jaume Vicens Vives. Barcelona: 
              Crítica y Universitat Pompeu Fabra. 
            8 Enciclopedia Universal Ilustrada Europea Americana (1991) Madrid: 
              Espasa-Calpe, tomo 48, p. 370 (primera edición de 1922). 
            9 Manuel MALDONADO DENIS (1977) Puerto Rico. Una interpretación 
              histórico-social. México: Siglo XXI, (primera edición 
              de 1969). Ver sobre todo la primera parte, pp.15-79. 
            10 Manuel TUÑÓN DE LARA (1974) La España del 
              siglo XIX. Barcelona: Laia, pp. 232 y 296 (primera edición 
              de 1961). 
            11 Y continúa: "Los emancipadores americanos, sólo 
              ante la incomprensión europea, se ven obligados a romper 
              con las madres patrias. La rebeldía no es contra la cultura 
              de que se saben hijos, sino contra el tutelaje que en nombre de 
              la misma se quiere imponerles". Leopoldo ZEA (1957) América 
              en la historia. México: Fondo de la Cultura Económica, 
              p. 12. Por otra parte, Claudio Lozano ha llegado a expresar, tratando 
              este mismo problema, que "... El verdadero descubrimiento de 
              América es el proceso mediante el cual los europeos van girando 
              la cabeza y apercibiéndose de la progresiva disminución 
              de la península europea en la Ecumene moderna, el comienzo 
              del fin de esa concepción. La educación occidental 
              es impensable sin la inclusión de América". C. 
              LOZANO (1994) La educación en los siglos XIX y XX. Madrid: 
              Síntesis, pp. 123-124. 
            12 Agustín CUEVA (2002) El desarrollo del capitalismo en 
              América Latina. México: Siglo XXI, pássim (primera 
              edición de 1977); Sergio DE LA PEÑA (1999) El antidesarrollo 
              de América Latina. México: Siglo XXI, pássim 
              (primera edición de 1971); Domingo Felipe MAZA ZAVALA (1994) 
              Hispanoamérica-Angloamérica. Causas y factores de 
              su diferente evolución. Venezuela: Grijalbo, pp. 225 y ss. 
            13 "El rechazo oficial de los elementos indigenistas o africanos 
              no impidió la evolución de estas culturas, que fueron 
              perdiendo la pureza de sus caracteres originarios. Mientras que 
              las élites mantenían una actitud imitativa e identificaban 
              la cultura como su poder de consumo, a niveles populares se iniciaban 
              procesos lentos cuyo valor habría de ser reconocido más 
              tarde. En relación con ellos, podría hablarse de un 
              crisol popular urbano y de la subsistencia de reservas rurales, 
              donde se conservaban intactas las culturas tradicionales". 
              Gustavo BEYHAUT y Hélène BEYHAUT (1986) América 
              Latina. De la independencia a la Segunda Guerra Mundial. Madrid: 
              Siglo XXI, p. 121. (Historia Universal, Vol. 23.) 
            14 Rodolfo STAVENHAGEN (1980) "Siete tesis equivocadas sobre 
              América Latina", en VV.AA. Tres ensayos sobre América 
              Latina. Barcelona: Anagrama, p. 35 (primera edición de 1973). 
              Así lo ha entendido también Cipolla, al afirmar que 
              el contraste más dramático de la sociedad americana 
              durante la segunda mitad del siglo XIX fue entre "blancos" 
              y "no blancos", resultando revelador el porcentaje de 
              analfabetismo entre uno y otro sector. Véase Carlo CIPOLLA 
              (1970) Educación y desarrollo en Occidente. Barcelona: Ariel, 
              p. 123, (título original: Literacy and Development in the 
              West, 1969). 
            15 "Atentas a este fin, las corporaciones religiosas procuran 
              todos los días instruir a los niños, no sólo 
              en las materias de su instituto, sino también en el catecismo; 
              no les dejan leer sino libros de piedad, apartando de su vista el 
              funesto veneno de los libros impíos". Gaceta de Puerto 
              Rico, periódico oficial del Gobierno de Puerto Rico, 15 de 
              mayo de 1829, p. 2. 
            16 Salvador BRAU (1975) Historia de Puerto Rico. San Juan, Puerto 
              Rico: Ediciones Borinquen, Coquí, (2.ª edición 
              facsímile), p. 284. Citado por M. de PAZ SÁNCHEZ (1985) 
              "Españolismo versus "separatismo" en la masonería 
              puertorriqueña: la logia Borinquen, n.º 81 de Mayagüez 
              (1889-1897)", en Boletín Millares Carlo, Madrid-Las 
              Palmas de Gran Canaria, vol. IV, n.º 7 y 8, p. 201. 
            17 Emilio de DIEGO GARCÍA (1985) Puerto Rico bajo la administración 
              española durante la primera mitad del siglo XIX. Madrid: 
              Editorial Universidad Complutense de Madrid, p. 261. (Tesis doctorales). 
              Citado por Jesús Raúl NAVARRO GARCÍA (1991) 
              Control social y actitudes políticas en Puerto Rico (1823-1837). 
              Publicaciones de la Excma. Diputación Provincial de Sevilla, 
              V Centenario del descubrimiento de América, Sevilla, pp. 
              140-141.  
            18 Luis SÁNCHEZ SARTO (dir.) (1936) Diccionario de Pedagogía. 
              Tomo II, Barcelona: Labor, p. 2.712. Véase también, 
              Cayetano COLL y TOSTE (1910) Historia de la Instrucción Pública 
              en Puerto Rico hasta el año 1898. San Juan, Puerto Rico. 
            19 José G. DEL VALLE (1907) "Los progresos de Puerto 
              Rico". Recogido por Eugenio FERNÁNDEZ MÉNDEZ 
              (1973) Crónicas de Puerto Rico. Desde la conquista hasta 
              nuestros días (1493-1955). Barcelona: UPR, Universidad de 
              Puerto Rico, p. 574 (la primera edición publicada en Puerto 
              Rico data de 1957). Decimos que las cifras coinciden sólo 
              en términos generales, porque en alguna ocasión los 
              guarismos contenidos en esta obra no se ajustan a los expresados 
              en diferentes documentos y estadísticas oficiales. Contrástense 
              estos datos con los recogidos en las citas 36 y 37 del presente 
              trabajo. Para conocer el contenido del censo norteamericano y las 
              interpretaciones inferidas del mismo, véase Irene FERNÁNDEZ 
              APONTE (1992) El cambio de soberanía en Puerto Rico. Madrid: 
              Mapfre, p. 311. 
            20 En el año 1900, el 63,79% de la población española 
              era analfabeta. Le igualaba Italia con el 64%, le superaban Portugal 
              con el 79%, Bulgaria con el 80% y se situaban bastante por debajo 
              Bélgica con el 35,5% y Francia con el 24%. Con respecto a 
              las provincia españolas, mientras Álava y Madrid ocupaban 
              los lugares de menor incidencia del analfabetismo con un 34,29 y 
              36,75% respectivamente, las más afectadas eran Jaén 
              con un 80,29%, Granada con 80,12%, Almería con 78,77%, Málaga 
              con 78,06%, Canarias con 75,26%, etcétera. Enciclopedia Universal 
              Ilustrada Europea Americana (1991) Madrid: Espasa-Calpe, tomo 5, 
              p. 326 (primera edición de 1909); Luis SÁNCHEZ SARTO 
              (dir.) (1936) Diccionario de Pedagogía. Tomo I. Barcelona: 
              Labor, pp. 146-153.  
            No más halagüeño fue el análisis de la 
              educación en España realizado por Ricardo Macías 
              Picavea -destacado regeneracionista santanderino- en su libro El 
              problema nacional. "Resultados: un setenta por ciento de españoles 
              que no saben leer ni escribir, y otro setenta por ciento del treinta 
              restante, que de la instrucción primaria alcanzada apenas 
              logra otro beneficio útil que los que ninguna recibieron; 
              maestros ignorantes, cuasi mendigos, desprovistos de todo prestigio 
              e influencia social, desconsiderados por la plebe y maltratados 
              por los cacicuelos; una masa de población inferior, que por 
              lo que toca a su cultura apenas puede ser rectamente calificada 
              de población civilizada...". El problema nacional. Madrid: 
              Biblioteca Nueva, 1996, p. 99, introducción de Andrés 
              de Blas (primera edición Librería de Victoriano Suárez, 
              Madrid, 1899).  
            De los contenidos, quizás sea más prudente no hablar. 
              Según la opinión -poco objetiva, cargada de prejuicios 
              y bastante generalizadora, pero sin embargo oportuna en este caso- 
              de Levasseur, en las escuelas españolas a mediados del siglo 
              XIX sólo se enseñaba la lectura del catecismo en su 
              sentido más ortodoxo y catequístico. Citado por Carlo 
              CIPOLLA, op. cit. 
            21 "Y la principal razón que para afirmarlo me asiste 
              es haber oído a hombres muy inteligentes en las cosas de 
              América, que una de las causas que más contribuyeron 
              al ensoberbecimiento, altanería y pasión de independencia 
              de aquellas Colonias fueron los suntuosos y magníficos establecimientos 
              [educativos] que debieron a la munificencia de la Metrópoli 
              y sus augustos Soberanos. 
            Si aquella opulenta juventud hubiera sido obligada a venirse a 
              educar en el seno de la Madre Patria, ésta los hubiera alimentado 
              con las saludables máximas de gratitud, amor y veneración 
              que deben los hijos a sus padres, y los inferiores a sus superiores". 
              Observaciones del obispo de Tenerife en 1828 al Señor Regente 
              de la Real Audiencia de estas Islas. "Real Audiencia de Canarias. 
              Expediente de informe sobre los medios que sean más adaptables 
              para la dotación de colegios". Archivo General de Simancas, 
              Valladolid. Citado en el anexo documental por Manuel de PAZ SÁNCHEZ 
              (1994) Amados compatriotas. Acerca del impacto de la emancipación 
              americana en Canarias. Tenerife: Colección Taller de Historia, 
              Ayuntamiento de La Laguna y Centro de la Cultura Popular Canaria, 
              pp. 128-129. 
            22 Gabriela OSSENBACH (1994) "La educación en América 
              y Filipinas. 1 Cuba y Puerto Rico", en Buenaventura DELGADO 
              CRIADO (coord.) (1994) Historia de la Educación en España 
              y América. Vol. 3, Madrid: Morata, p. 507. Véase también 
              de esta misma autora, entre otras muchas de sus publicaciones, (1993) 
              "Estado y educación en América Latina a partir 
              de su independencia (siglos XIX y XX)", en Revista Iberoamericana 
              de Educación. Madrid: Organización de Estados Iberoamericanos 
              para la Educación, la Ciencia y la Cultura, n.º 1. 
            23 F. J. AMY (1907) "Herejías antidemocráticas", 
              en Prédicas en el desierto, San Juan, Puerto Rico: Tip. El 
              Alba, p. 34. Citado por Irene FERNÁNDEZ APONTE, op cit., 
              p. 312. 
            24 Gaceta de Puerto Rico, periódico oficial del Gobierno, 
              9 de enero de 1875, p. 1. 
            25 Enseñanza privada en Puerto Rico. Archivo Histórico 
              Nacional (AHN)/ultramar, 339/Exp. 20/2/3 Recto y 3 Verso. 
            26 Ibídem. AHN/ultramar, 339/Exp. 20/1/2 Verso y 3 Recto. 
             
            27 Johanes Waldemar Zacchens. Escuela protestante en Vieques. AHN/ultramar, 
              339/Exp. 12/1/6 Verso y 6 Recto. La cursiva es nuestra. 
            28 Ibídem. AHN/ultramar, 339/Exp. 13/1/9 Verso. 
            29 D. Jerónimo de Usera, proyecto de educación de 
              pobres en Cuba y Puerto Rico. AHN/ultramar, 339/Exp. 5/1/4 Recto. 
            30 Ibídem. AHN/ultramar, 339/Exp. 5/4/ Verso. 
            31 Bibliotecas populares económicas para las Islas. AHN/ultramar, 
              339/Exp. 13/1/3 Verso. 
            32 Biblioteca Popular de Mayagüez. AHN/ultramar, 339/Exp. 
              28/3/1 Verso. 
            33 Establecimiento de una Biblioteca en el presidio de Puerto Rico. 
              AHN/ultramar, 339/Exp. 45/3/1 Recto. Dirección de Gracia 
              y Justicia, Negociado de Establecimientos Penales. 
            34 La trascendencia educativa, social y política de los 
              manuales escolares a lo largo de la historia ha sido puesta de manifiesto 
              en numerosas publicaciones. Quizás la más destacada 
              y completa sea Agustín ESCOLANO BENITO (dir.) (1997 y 1988) 
              Historia ilustrada del libro escolar en España. 2 vols. Madrid: 
              Fundación Germán Sánchez Ruipérez. 
            35 Asociación de Damas para la Instrucción de la 
              Mujer, bajo el patronato de la Sra. Condesa de Verdú. Fundación 
              del Profesor D. José Cordovéz y Berríos. Lares, 
              Puerto Rico, 26 de mayo de 1885. AHN/ultramar, 339/Exp. 40/2/3 Recto. 
             
            36 Carta firmada por Francisca Vilella de Vilella el 5 de febrero 
              de 1887 y dirigida al ministro de ultramar para solicitarle auxilio 
              económico. La cursiva es nuestra. 
            37 Memoria relativa a la fundación, trabajos, medios con 
              que cuenta y recursos que pueden aportarse para la mejor marcha 
              de la Junta de Damas para la Instrucción y Educación 
              de la Mujer en nuestra Provincia, redactada por Don José 
              Francisco Díaz y Díaz, en cumplimiento del artículo 
              22 del Reglamento Interior y por acuerdo de la Junta Directiva, 
              en sesión celebrada a 15 de enero de 1888. Puerto Rico, Tip. 
              "El Comercio" de J. Anfosso y Ca. 1888 (la cita está 
              extraída de la página 6). 
            38 Proyecto de Reglamento del Instituto Civil Provincial y Colegios 
              Privados de Segunda Enseñanza de la Isla de Puerto Rico. 
              AHN/ultramar, 419/Exp. 39/8/1 Recto. 
            39 Antonio GIL DE ZÁRATE (1855) De la Instrucción 
              Pública en España. Oviedo: Pentalfa, 1995, tomo I, 
              p. 117, edición facsímile. 
            40 Apuntes históricos sobre el Departamento de Educación 
              de Puerto Rico (hasta 1952). Estado Libre Asociado de Puerto Rico. 
              Véase http://www.de.gobierno.pr/EDUPortal/Sobre+DE/Historia/default.htm 
            41 Estadística Escolar de la Isla de Puerto http://www.de.gobierno.pr/EDUPortal/Sobre+DE/Historia/default.htm 
              http://www.de.gobierno.pr/EDUPortal/Sobre+DE/Historia/default.htm 
              Rico en 1º de julio de 1881. AHN/ultramar, 419/Exp. 39/2/1 
              y 2 Recto.  
            42 Apuntes históricos sobre el Departamento de Educación 
              de Puerto Rico (hasta 1952). Estado Libre Asociado de Puerto Rico. 
              Véase http://www.de.gobierno.pr/EDUPortal/Sobre+DE/Historia/default.htm 
            43 Gaceta de Puerto Rico, Periódico oficial del Gobierno, 
              8 de agosto de 1882, pp. 1 y 2. Parecidas críticas volverían 
              a ser vertidas por el Gobernador General en la circular firmada 
              el 6 de abril de 1888, en la que instaba a los ayuntamientos a crear 
              escuelas "en las condiciones que exige la Ley y que la experiencia 
              aconseja; por razón de clima, situación y otras circunstancias 
              que puedan contribuir a la mayor solidez de los edificios y comodidad 
              de los alumnos y Maestros...". Gaceta de Puerto Rico, Periódico 
              oficial del Gobierno, 7 de abril de 1888, p. 1. 
            
              
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