Introducción
Desde que el Ministerio de Educación y Ciencia, editó
los primeros documentos sobre la Reforma Educativa, y más
concretamente los Diseños Curriculares, comienzan a especificarse
en los contenidos curriculares de área, tanto los conceptos,
como los procedimientos, como las normas, actitudes y valores. El
orden de aparición de estos tres últimos términos
se va haciendo indistintamente en el documento, y tanto se habla
de valores, normas y actitudes , como de normas, valores y actitudes
. Nosotros preferimos seguir la terminología usada por González
(1992), que habla de valores, actitudes y normas, respondiendo a
las siguientes definiciones y criterios de clasificación:
“Los valores son proyectos globales de existencia que se instrumentalizan
en el comportamiento individual, a través de la vivencia
de unas actitudes y del cumplimiento, consciente y asumido, de unas
normas o pautas de conducta”.
Pasemos a especificar algo más esta definición, pensando
en el sujeto activo del proceso educativo: el alumno.
A lo largo de la adquisición de nuestra identidad, las personas
optamos por unos ideales o proyectos de existencia individual y
social, que vienen a ser como las metas buscadas, con las que esperamos
alcanzar nuestra felicidad; estas son los valores.
En función de estos proyectos de valor, las personas buscan
unos caminos y delimitan unos comportamientos que les vayan posibilitando
el satisfacer sus objetivos. Así por ejemplo, si una persona
tiene como meta de su felicidad acumular riquezas, para conseguirla
deberá adquirir un comportamiento egoísta, calculador
e interesado; por el contrario, si busca la felicidad en la solidaridad,
su comportamiento será abierto, generoso y comprensivo.
A estas formas de comportarse ante la realidad, motivadas y fundamentadas
por unos valores que a su vez hacen posible la explicación
de esos mismos valores, se le llaman actitudes.
Las actitudes son realidades que intervienen directamente en la
conducta y en la acción de las personas; definen la personalidad,
rigen la actividad cotidiana y constituyen la estructura básica
del comportamiento social.
A la vista de lo anterior, podemos acercarnos a una posible definición
de lo que entendemos por actitudes: “Actitudes son predisposiciones
estables de la interioridad que el ser humano adquiere, a partir
de los valores en los que cree, y que le hacen reaccionar o comportarse,
favorable o desfavorablemente, ante las realidades vividas: ideas,
situaciones, personas o acontecimientos”.
¿Qué consideraciones podemos sacar de esta definición?:
- En primer lugar ha de quedar claro que las actitudes no son
innatas, sino que se adquieren: se aprenden, se modifican y se
maduran; son educables, como los valores.
- Las actitudes son “predisposiciones estables”, es
decir, son estados personales adquiridos de forma duradera y previamente
a la acción concreta.
- Las actitudes provocan reacciones o comportamientos favorables
o desfavorables ante la realidad; esto nos lleva a considerar
el carácter dinámico que tienen las actitudes; las
actitudes entran menos dentro del campo de las ideas y creencias,
y son, por el contrario, mucho más uncionales y operativas.
- Las actitudes se fundamentan en los valores, o si se quiere,
que los valores se expresan, se concretan y se alcanzan en el
desarrollo de las actitudes.
Pero todo valor se instrumentaliza a través de unas normas,
que son pautas de conducta o criterios de actuación que dictan
cómo debe ser el comportamiento de una persona ante una determinada
situación.
Podemos definir dos tipos de normas: externas, que obedecen a un
consenso social; vienen de fuera y deben responder a unos valores
sociales, y normas internas, son las que cada persona se impone
a sí misma, de una forma libre e interiorizada en función
de sus propios valores.
Todas las normas tienen que fundamentar unos valores, no pueden
surgir de un capricho, porque entonces no serían vinculantes
para la persona.
Es frecuente atribuir un carácter coactivo, en el sentido
de obligatoriedad de su cumplimiento, al concepto de norma; este
carácter sólo se justifica desde los valores. Cuando
la persona descubre su fundamentación, es cuando está
obligado a cumplirla, porque es una forma concreta de afianzar su
personalidad, de establecer una orden social estable, de reestablecer
una estructura, etc.
Desde estos criterios educativos, en el entorno escolar se hace
necesario establecer normas de comportamiento, teniendo en cuenta
su arraigo en unos valores, y unas acciones pedagógicas que
fundamenten su utilidad. Podríamos resumirlas diciendo:
- Es conveniente realizar un estudio minucioso de las normas que
hay que cumplir, buscando la fundamentación de cada una
de ellas, y suprimiendo aquellas que, muchas veces, vienen impuestas
por la tradición o la rutina, y que en realidad no corresponden
a ningún valor que intentamos educar.
- Es necesario presentar a los alumnos las normas que deben respetar,
haciendo tomar conciencia de los valores en los que se fundamentan
o apoyan.
- Es importante implicar a los alumnos en la elaboración
de las normas escolares; una implicación que también
ellos deben realizar desde los valores. A partir de unos valores
básicos aceptados, los alumnos con los profesores, deberán
decantar y concretar aquellas normas que les parezcan necesarias
e imprescindibles para conseguir colectivamente que esos valores
vayan evolucionando de proyectos ideales a realidades compartidas.
Para la elaboración democrática de las normas, vamos
a basarnos en las formas inductivas de disciplina. López
(1997) y García (1997), nos dicen que desde que el niño
o la niña comprenden el lenguaje hablado es conveniente que
se le expliquen las razones de las exigencias sociales que establecemos
y los rechazos a sus peticiones. Las explicaciones tienen dos efectos
fundamentales: favorecer la interiorización de las normas
de forma que estas pasen de tener un origen en la autoridad a ser
comprendidas como necesarias y útiles. Obligar a los adultos
a explicar su conducta y, por consiguiente, a hacerla comprensible
y razonable. Las explicaciones son una forma de controlar las conductas
injustificadas de los adultos.
El final deseable de la disciplina inductiva es que cada persona
construya su autonomía personal. Sería deseable que
las estrategias de la disciplina inductiva consiguiesen que el niño
deje de obedecer a los adultos cuando sea capaz de construir sus
propios valores y aprenda a tener conductas coherentes con ellos.
De todo lo que vamos diciendo extraemos una idea clara, y es que
las normas de convivencia y la disciplina son necesarias en todas
las sociedades para que estas puedan alcanzar sus objetivos. Los
centros educativos no pueden ser una excepción y también
deben organizar las condiciones en que tiene lugar el desarrollo
de estas metas y normas. Estas son un elemento imprescindible en
la convivencia para educar en un clima de cordialidad y deben enfrentarse
con un conjunto de estrategias encaminadas a conformar un modelo
dirigido a la socialización y el aprendizaje. En este línea
Fernández (2001) afirma que los alumnos que tienen claras
las normas y las consecuencias que se derivan de su incumplimiento,
saben a qué atenerse en cada momento y les resulta más
fácil autorregular sus comportamientos ya que muchos conflictos
que se producen en los centros tiene en gran medida, relación
directa con la falta de clarificación de las normas.
Los centros escolares deben basar la organización de su
convivencia en la aplicación del Real Decreto de Derechos
y Deberes de los alumnos, y la concreción de este en el Reglamento
de Régimen Interior.
Los capítulos II y III del Real Decreto (R.D.) basan sus
articulados en definir las medidas de corrección de las conductas
contrarias y gravemente perjudiciales para la convivencia del centro.
Así como las segundas están más definidas y
tipificadas, en las primeras no ocurre lo mismo, entre otros motivos
porque tampoco están claramente definidas cuál son
esas conductas contrarias, su gradación y tipificación.
Basándonos en los principios de educación en valores
que antes hemos estado definiendo, y en la necesidad de educar a
nuestros alumnos en la aceptación democrática de las
normas de convivencia, hemos creído conveniente trabajar
este aspecto en nuestro Centro Educativo, centrando la atención
preferentemente en los alumnos del primer ciclo de Educación
Secundaria, porque fundamentalmente este alumnado, es el que se
encuentra en un momento evolutivo de aceptación de su autonomía
moral, de asunción de valores morales, de sensibilización
social, de adquisición de su altruismo, y porque es el momento
más propicio para trabajar con ellos, desde un punto de vista
preventivo, la aceptación de las normas de convivencia socialmente
establecidas.
Desarrollo del programa
Desde hace ocho cursos se está llevando a cabo en el IES
“Delicias” de Valladolid un programa de aprendizaje
de las normas en el aula mediante la participación democrática
de todo los alumnos. Este programa es aplicado a todos los alumnos
del primer Ciclo de Educación Secundaria y puesto en práctica,
tanto por lo profesores como por los padres, y coordinado por el
Orientador Escolar. El diseño del programa es el siguiente.
1. Objetivos
1.1. Objetivo general
Elaborar mediante la participación democrática de
los alumnos, un conjunto de normas y consecuencias que mejoren el
clima de trabajo y convivencia en el aula y genere un conjunto de
hábitos positivos en los alumnos.
1.2. Objetivos específicos del profesor
- Controlar el marco educativo, de forma que facilite el cumplimiento
y asimilación de las normas por parte de los alumnos.
- Coordinar los aspectos básicos relacionados con el aprendizaje
de normas, para llegar a unos criterios comunes de intervención.
- Tomar decisiones ante los problemas de comportamiento de los
alumnos, según los acuerdos establecidos.
1.3. Objetivos específicos de los alumnos
- Participar, desde la tutoría, en la elaboración
y cumplimiento de las normas de convivencia.
- Participar en la elaboración de un conjunto de consecuencias
(sanciones) por el incumplimiento de estas normas de convivencia.
1.4. Objetivos específicos de los padres
- Hacerles partícipes del proceso educativo de sus hijos.
- El compromiso de que van a seguir con sus hijos la aplicación
de los premios o sanciones, según el grado de consecución
de las normas de convivencia del centro.
- Establecer una relación más estrechas con el entorno
escolar donde están educándose sus hijos.
2. Metodología
Si queremos que el alumno se sienta artífice de la normativa
que va a regir la convivencia del aula, tendremos que poner en práctica
las técnicas de trabajo cooperativo: el trabajo en grupo
y la asamblea de clase.
2.1. El trabajo en grupo
En las primeras sesiones de tutoría distribuiremos el aula
en grupos de seis, eligiendo un coordinador y un secretario. Cada
grupo dedicará varias sesiones al análisis y confección
de las normas del aula. Se comienza elaborando una lista de normas
que, de manera explícita o implícita, existen en el
aula. Cada una de estas normas es analizada con el objeto de comprobar
su validez para facilitar la convivencia escolar. Del mismo modo
se procederá con las sanciones que emplean los profesores
en el aula.
Una vez estudiada la situación de partida, los alumnos van
elaborando, en diferentes sesiones de trabajo, el conjunto de normas
que consideren más adecuadas para la convivencia en el aula.
También se establecen las consecuencias que se deben aplicar
cuando no se cumplan dichas normas
1 .
Elaboradas las normas y consecuencias por el grupo, son ordenadas
y redactadas de la manera más adecuada por una comisión
formada por los portavoces de cada grupo y el profesor/es tutor/es.
Posteriormente serán presentadas a la asamblea de aula para
su debate y votación.
2.2. La asamblea de la clase
Se regirá por las normas de funcionamiento de toda asamblea
democrática. De entre los coordinadores de los grupos se
elige al principio de curso al delegado y subdelegado de curso,
los cuales en cada sesión de tutoría coordinarán
junto con el tutor el seguimiento y cumplimiento de las normas de
convivencia.
2.3. Sistema de premios y sanciones
Para que las normas sean respetadas, además de ponerse por
escrito, han de establecerse unos mecanismos de control y que se
explique de antemano los sistemas de premios y sanciones. La eficacia
y operatividad de los mismos se conseguirá si llevamos un
“sistema acumulativo de faltas”.
Las sanciones, como ya hemos dicho, se penalizan mediante la restauración
del daño causado, mediante la penalización inmediata
del comportamiento, o mediante la acumulación de “faltas”.
Estas últimas serán las que hay que tipificar. Aquí
se sugiere que nos acojamos a las establecidas en el Capítulo
II del R.D. de derechos y deberes de los alumnos y a las establecidas
en el Reglamento de Régimen Interior (RRI) del Centro.
El RRI establece hasta tres comunicaciones por escrito a los padres
antes de pasar a ser falta grave. Habría que especificar
cuántas faltas acumuladas se consideran para mandar la primera,
segunda y tercera comunicación, aspecto este que no considera
el R.D. y que creemos necesario para tipificar.
Paralelamente a esto, habrá que definir los sistemas de
premios, que a modo de sugerencia podría consistir en la
reducción de faltas, o anotación de positivos.
Los sistemas de premios y sanciones tienen que tener un efecto
inmediato y un efecto a largo plazo. Así por ejemplo, si
un alumno no ha realizado los deberes que un profesor determinado
había mandado hacer en casa, el efecto inmediato sería
el que se quedase durante el recreo a hacerlos, y el efecto a largo
plazo sería el anotárselo en el registro de faltas.
2.4. Control del sistema
El control del sistema tendrá tres niveles.
- El que llevará el profesor del aula para anotar las incidencias.
Ver el modelo en el Anexo I. Este modelo de faltas es llevado
semanalmente por un alumno, que se encargará de presentárselo
a cada profesor de Área. Las anotaciones se realizarán
siguiendo las indicaciones que se presentan en el modelo.
- El que tendrá el Orientador Escolar, donde se acumularán
las faltas semanalmente. Para llevar este control se ha elaborado
una base de datos donde se acumulan las anotaciones realizadas
por los profesores. Cuando el alumno acumula el número
de faltas tipificadas se procede a la comunicación con
los padres.
- El modelo de comunicación con los padres. Puede verse
un modelo en el Anexo II. Mediante este modelo los padres estarán
informados puntualmente del cumplimiento de las normas de convivencia
de su hijo.
Este modelo es aplicado de modo individual, por lo que dependiendo
del interés de los padres, el control se puede hacer, o
semanalmente, o quincenalmente, o como se acuerde.
Es llevado directamente por el Orientador Escolar y los padres,
con el fin de poder aplicar programas de modificación de
conducta puntualmente.
3. Tipificación de las faltas
Después de ser debatidas las normas de convivencia, se pasó
a la tipificación de las mismas, acogiéndonos a las
que el R.D. de derechos y deberes de los alumnos especifican y a
las consensuadas por la clase. Las conclusiones finales fueron:
Todo profesor aplicará los premios y sanciones que son de
efecto inmediato y anotará las faltas para se acumuladas
Cuando se acumulen 10 faltas (total de sanciones, menos premios),
el tutor amonestará en la tutoría al alumno. Esta
amonestación quedará registrada por escrito en el
diario de la clase.
Si el alumno acumula 15 faltas, el tutor le enviará al Jefe
de Estudios. Su comparecencia igualmente quedará reflejada
en el diario de la clase.
Al seguir acumulando hasta 20 faltas, el Orientador Escolar y el
Jefe de Estudios se lo comunicarán por escrito a la familia.
En este caso el alumno podrá tener una sanción aplicada
por el Jefe de Estudios, como por ejemplo tener que venir varias
horas al Instituto por la tarde, a recuperar el tiempo perdido.
Al mismo tiempo el Orientador Escolar acordará con los padres
un proceso apropiado de modificación de conducta.
Si sigue acumulando faltas, el alumno perderá durante el
trimestre el derecho a participar en las actividades extraescolares
del Centro.
Al acumular más faltas (por ejemplo hasta 40), el Director
del Centro, previa comunicación a sus padres podrá
separarle del derecho de asistencia a determinadas clases por un
plazo máximo de tres días. Durante el tiempo que dure
la suspensión, el alumno debe realizar los deberes o trabajos
que se determinen.
Al seguir acumulando más faltas, el alumno pasaría
a tener una tercera amonestación y por lo tanto una falta
grave y por lo tanto la intervención del Director y la Comisión
de Disciplina del Centro, los cuales, previo consentimiento por
escrito de los padres, pasaría a la retirada del alumno del
Centro por un plazo máximo de tres días. Durante este
tiempo el alumno deberá realizar los deberes o trabajos que
se determinen.
4. Evaluación del programa
Se lleva a cabo de dos formas: al final del curso, dentro de la
evaluación de la acción tutorial, y a lo largo de
curso en momentos puntuales, aprovechando la reunión de los
tutores con el Orientador Escolar.
Conclusiones
Después de ocho cursos escolares de seguir aplicando este
programa de control de las conductas colectivas, basada en la tipificación
de las normas de convivencia que marca el R.D. de derechos y deberes
de los alumnos, estamos en condiciones de sacar las siguientes conclusiones:
- El programa, como técnica de modificación de conducta
colectiva, es positivo, y ha ayudado a la comunidad educativa,
que centra su atención en el primer ciclo de educación
secundaria, a crear un estilo de trabajo que se está haciendo
habitual en nuestro Centro.
- Como todo programa, está sometido a evaluación.
En el momento actual, y después de varias reconsideraciones
se está probando su modificación por un “cuaderno
de comunicación con los padres” (Anexo III), que
recoge los listados de control para ser aplicados individualmente.
Este cuaderno nos está facilitando el contacto directo
con los padres y por lo tanto un seguimiento continúo de
las normas de convivencia del centro.
- Igualmente se pretende la simplificación de los objetivos
a conseguir. Como se argumentaba en la introducción, la
educación en valores es lo que fundamenta el mejor principio
educativo que se puede conseguir con los alumnos que trabajamos:
“ayudarles a descubrir su identidad”, o quizá,
mejor: “ayudarles a ser personas”. Estos objetivos
en los que estamos haciendo hincapié en este momento, están
anclados en trabajar los valores de formación académica
y convivencia. Para conseguirlos trabajamos las siguientes actitudes,
expresadas de este modo en el cuadernos de comunicación
que antes mencionamos:
- Permito a mis compañeros que aprendan y puedan estar
atentos en clase. Para ello voy a intentar:
- Levantar la mano para hablar.
- Respetar el turno de palabra.
- Procurar estar atento cuando el profesor está
explicando.
- Procuro ser respetuoso.
- Realizo diariamente las actividades académicas que
me mande el profesor
- Se ve necesario seguir un proceso de autocontrol, por parte
de los profesores, en la aplicación del programa. No debería
de servir como válvula de escape para algunos profesores,
que lo aprovechan para fomentar la práctica de la sanción
por la sanción. Para evitar esto, periódicamente
y aprovechando las reuniones de los tutores con el Orientador
Escolar, se revisa su aplicación.
- Igualmente se ve necesario fomentar la práctica de los
premios, en forma de positivos, por la realización de una
actividad bien hecha, o un comportamiento bueno, o una colaboración
llevada a cabo, etc.
- Falta una evaluación más exhaustiva de los padres.
Hasta el momento, el programa se les presenta en la primera reunión
que se tiene con los padres y es acogido favorablemente. Posteriormente,
se hace un seguimiento individual con la aplicación de
un programa de modificación de conducta, cuando el alumno,
los padres y el Orientador Escolar así lo consideran. Pero
se ve necesario pedir su opinión sobre el contenido del
mismo, para intentar fomentar de manera más positiva su
participación.
Ver
ANEXOS (pdf)
Bibliografía
FERNÁNDEZ, I. (2001): Guía de convivencia en
el aula. Monografías Escuela Española. Madrid,
CISS PRAXIS.
GARCÍA CAMPOS, L. (1997): La familia, espacio de convivencia
y socialización. CEAPA.
GONZÁLEZ LUCINI, F. (1992): Educación en valores
y diseño curricular. Madrid, Editorial Alambra Longman.
LÓPEZ SÁNCHEZ, F. (1997): “Desarrollo personal
y social en el ámbito familiar”, en Comprender
y superar la violencia. Madrid, Editorial AIDEX.
REAL DECRETO 732/1995, de 5 de mayo, por el que se establecen los
derechos y deberes de los alumnos y las normas de convivencia en
los centros.
Notas:
Para facilitar el trabajo de los alumnos, se establecen las
características que deben cumplir las normas:
- Ser claras y concretas.
- No pueden ir en contra de las normas generales del centro.
- Se deben seleccionar las que consideremos fundamentales
para la convivencia del aula.
Igualmente los criterios a que deben ajustarse las consecuencias
por el incumplimiento de las normas:
- Deben ser realistas, es decir factibles.
- No pueden ir en contra de los derechos fundamentales de
la persona, ni del R.D. de derechos y deberes de los alumnos.
- Deben ser eficaces para resolver el problema creado.
- Siempre que se pueda debe ir orientado a corregir el problema
creado por el infractor de la norma, más que a penalizarlo.
- Cada norma podrá llevar asociadas una o varias sanciones.
Estas consecuencias podrán ser de tres tipos:
- Aquellas que obligan al infractor de la norma a restaurar
el daño causado
- Aquellas que se tipifican por medio de “faltas”,
de modo que no se cumple la sanción hasta que no se
cumple el número concreto de éstas, establecida
de antemano.
- Aquellas cuyo objetivo fundamental es penalizar el comportamiento
del alumno. Ejemplo: el alumno que molesta reiteradamente
y no realiza el trabajo y el profesor le castiga sin recreo
a terminar el trabajo.
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