México. Ley General de Educación

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DOI:

https://doi.org/10.35362/rie30430

Palavras-chave:

México;, Ley General de Educación;

Resumo

ARTÍCULO 1º.- Esta Ley regula la educación que imparten el Estado -Federación, entidades federativas y municipios-, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios. Es de observancia general en toda la República y las disposiciones que contiene son de orden público e interés social.

La función social educativa de las universidades y demás instituciones de educación superior a que se refiere la fracción VII del artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se regulará por las leyes que rigen a dichas instituciones.

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Como Citar

-, .-. (1993). México. Ley General de Educación. Revista Ibero-Americana De Educação, 3, 161–194. https://doi.org/10.35362/rie30430

Publicado

1993-05-04

Edição

Secção

Artículos del monográfico